http://cnsnews.com/news/article/senate-approves-bill-legalizes-sodomy-and-bestiality-us-military
El Senado de EE.UU. aprobó un proyecto de ley de presupuesto militar que contiene un capítulo donde despenaliza la sodomía con humanos o animales.
El voluminoso proyecto de ley fue aprobado por el Senado con 93 votos a favor y 7 en contra el pasado 1 de diciembre, sin embargo solo hasta ahora la prensa llegó a conocer los detalles del tema.
Los senadores aprobaron la abolición del artículo 125 punto A del Código de Justicia militar, que define la sodomía también como tener sexo con animales.
El artículo señalaba: “Cada persona que participa en un coito contranatural con otra persona del mismo u otro sexo, o con animales es culpable de sodomía. La penetración, hasta la más mínima, es suficiente para ser declarado culpable”.
Así, por negligencia de los senadores que solo querían despenalizar las relaciones homosexuales se legalizó también el sexo con animales en el Ejército de EE. UU.
Según el jefe del Comité de las Fuerzas Armadas en el Senado, Karl Levin, la abolición del artículo es una formalidad, pues la prohibición a las relaciones homosexuales entre militares fue avalada desde el 2003.
En este año, el Tribunal Supremo de EE. UU. reconoció como inconstitucionales todas las leyes que prohíben las relaciones sexuales y homosexuales. Hasta ese momento, tales normas estaban vigentes en 13 estados del país.
De momento, el Senado elabora una propuesta final de esta ley, que incluirá las propuestas de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos. Un grupo de los diputados conservadores se oponen duramente a la aprobación final de esta norma, pues considera que esto abre el camino a las perversiones en el Ejército
El voluminoso proyecto de ley fue aprobado por el Senado con 93 votos a favor y 7 en contra el pasado 1 de diciembre, sin embargo solo hasta ahora la prensa llegó a conocer los detalles del tema.
Los senadores aprobaron la abolición del artículo 125 punto A del Código de Justicia militar, que define la sodomía también como tener sexo con animales.
El artículo señalaba: “Cada persona que participa en un coito contranatural con otra persona del mismo u otro sexo, o con animales es culpable de sodomía. La penetración, hasta la más mínima, es suficiente para ser declarado culpable”.
Así, por negligencia de los senadores que solo querían despenalizar las relaciones homosexuales se legalizó también el sexo con animales en el Ejército de EE. UU.
Según el jefe del Comité de las Fuerzas Armadas en el Senado, Karl Levin, la abolición del artículo es una formalidad, pues la prohibición a las relaciones homosexuales entre militares fue avalada desde el 2003.
En este año, el Tribunal Supremo de EE. UU. reconoció como inconstitucionales todas las leyes que prohíben las relaciones sexuales y homosexuales. Hasta ese momento, tales normas estaban vigentes en 13 estados del país.
De momento, el Senado elabora una propuesta final de esta ley, que incluirá las propuestas de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos. Un grupo de los diputados conservadores se oponen duramente a la aprobación final de esta norma, pues considera que esto abre el camino a las perversiones en el Ejército
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Destinatario: OBAMA. CASA BLANCA
EN HONOR Y DEFENSA DE LOS ANIMALES.
ESTO TIENE QUE PARAR, NO SE PUEDE CONSENTIR ESE ABUSO.
RETÁCTESE DE LA PERMISIÓN DE ZOOFILIA.
Declaración Universal
de los Derechos de los Animales
Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:
Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
ESTO TIENE QUE PARAR, NO SE PUEDE CONSENTIR ESE ABUSO.
RETÁCTESE DE LA PERMISIÓN DE ZOOFILIA.
Declaración Universal
de los Derechos de los Animales
Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:
Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
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